La semana pasada el ministro de Hacienda Nicolás Dujovne presentó el borrador de un proyecto de ley de reforma tributaria, en el cual se postulan ciertos cambios impositivos. Tuvo grandes revuelos y los sigue teniendo.

Esta semana en la Casa Rosada se juntaron los gobernadores con el Presidente para discutir los cambios propuestos sobre el impuesto a los Ingresos Brutos, que afectarían las economías provinciales. También la CGT (Confederación General de Trabajo) rechazó la propuesta de Reforma Laboral y Carlos Acuña, integrante del triunvirato,  pidió claridad al Gobierno.

Para comprender un poco mejor de qué se tratan algunos cambios postulados, queremos hacer un breve resumen de cada ítem.

Reforma tributaria punto por punto:

Ingresos Brutos

Si bien la planteada reforma consideraba a ciertos productos aumentarles  las tasas de Ingresos Brutos, cómo es el caso del Vino en Mendoza, de las bebidas azucaradas en Salta, Jujuy y Chaco. También se planteó eliminar el impuesto a los productos electrónicos, dónde Tierra del Fuego se vería perjudicada ya que representa casi el 30% de su PBI.

En el día de ayer el Presidente Mauricio Macri se junto con los gobernadores y les transmitió tranquilidad con respecto al tema. Ya que se consideraba estos cambios generarían un tire y afloje entre las provincias.

Fuentes privadas comentaron que el Gobierno puso en la mesa de negociación unificar las alícuotas de Ingresos Brutos para todos los distritos. Se habla de estipular que todas las provincias puedan manejarse entre 0% y 1.5%. Sin embargo, es un tema complejo ya que en cada provincia impacta de manera diferente.

Impuesto a los Débitos y Créditos

Se tiende a eliminar este impuesto el cual surgió hacia los años 2000. Se estimaba que duraría un año para aumentar la recaudación impositiva. Sin embargo continúa hasta la actualidad. Se propone que gradualmente, se tome a cuenta de Ganancias. En cinco años tendería a desaparecer.

Ganancias

Se aumentaría el monto de lo deducible, es decir, las cifras que se restan del ingreso de la persona antes de calcularse el impuesto. Esto implicaría una disminución de la carga fiscal. Con dicho cambio a las personas físicas se les reduciría el monto a pagar de ganancias.

Rentas financieras

Se gravarían las ganancias de las inversiones con dos tasas diferenciales. La primera sería del 15% en el caso de instrumentos de ahorro en moneda extranjera. La segunda sería del  5% si se trata de retornos provenientes de inversiones en pesos.

Quienes se verían afectados serían aquellos cuyas ganancias sean de un monto no imponible de $ 52.000 anuales y cuando obtengan un ingreso anual mayor a $ 300.000. Lo que aún se desconoce es si afectaría a las inversiones ya realizadas o se comenzaría a implementar a las realizadas luego de sancionada la ley.

 

Por Ayelén García Moglia

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