Mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno reglamentó hoy el Impuesto a las Ganancias que alcanzará a la renta financiera.
Esta mañana el gobierno oficializó los cambios en el Impuesto a las Ganancias entre los que se encuentran el quizás, más polémico: el impuesto a la renta financiera. La nueva Ley de Reforma Tributaria regirá para las inversiones que se hicieron durante 2018 y alcanza a los bonos, plazos fijos, acciones y alquileres.
La medida se tomó a través de un extenso decreto publicado este jueves en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Mauricio Macri; del Jefe de Gabinete Marcos Peña y del ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne.
Entre otros puntos, el texto oficial reglamenta la renta de inversiones financieras con una alícuota de entre 5% y 15%, según el tipo de instrumento y característica del inversor, que logre un retorno superior a los 67.000 pesos.
Asimismo, se consideran ganancias de fuente argentina las generadas por créditos garantizados con derechos reales que afecten a bienes situados en el exterior, cuando los respectivos capitales deban considerarse colocados o utilizados económicamente en el país, detalló el decreto.
Sobre la ley 27.430
El Gobierno recordó que a través de la Ley N° 27.430 se introdujeron diversas modificaciones a la Ley de Impuesto a las Ganancias, y que mediante los Decretos 279 del 6 de abril de 2018 y 976 del 31 de octubre de 2018, se reglamentó parte de esas disposiciones.
“En esta oportunidad, corresponde incorporar las restantes adecuaciones a la reglamentación aprobada por el Decreto 344 del 19 de noviembre de 1998 y sus modificatorios, como así también ajustar su texto de conformidad a los cambios que efectuara el Código Civil y Comercial de la Nación y demás normas aprobadas en los últimos años, como las Leyes 27.260 y 27.346”, puntualizaron desde el Poder Ejecutivo.
¿A quiénes alcanza el impuesto a la renta financiera?
Para estar alcanzado por el impuesto, las ganancias deberán superar los $ 66.917,91. El gravamen rige para los beneficios obtenidos a partir del 1 de enero de 2018 y el año fiscal cerrará el 31 de diciembre próximo, es decir que se tendrán en cuenta los ingresos obtenidos por todas operaciones realizadas durante el año. Las alícuotas son del 5% para ganancias en pesos y 15% para ganancias en dólares.
La única inversión que continúa exenta de impuestos es la transferencia de acciones que cotizan en bolsa y los mínimos intereses de caja de ahorro obtenidos por las personas humanas. Tampoco hay que pagar impuesto por la utilidad obtenida en concepto de diferencia de cambio originada por moneda extranjera (dólares o euros).